OFICINA DE VIOLENCIA LABORAL E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué es la violencia laboral?

La violencia laboral es una forma de abuso de poder que tiene por finalidad excluir o someter al otro.

Puede manifestarse como agresión física, acoso sexual o acoso o violencia psicológica y darse tanto en sentido vertical (ascendente o descendente) como entre pares.

Puede ejercerse por acción u omisión, afecta la salud y el bienestar de las personas que trabajan y configura una violación a los derechos humanos y laborales.

¿Cuáles son las formas de la violencia laboral?

Las formas de violencia laboral son:

  • Agresión física: Toda conducta que directa o indirectamente esté dirigida a ocasionar un daño físico sobre el trabajador o la trabajadora.
  • Acoso sexual: Toda conducta o comentario reiterado con connotación sexual basado en el poder, no consentido por quién la recibe.
  • Acoso psicológico: Situación en la que una persona o grupo de personas ejercen un maltrato modal o verbal, alterno o continuado, recurrente y sostenido en el tiempo sobre un trabajador o trabajadora buscando desestabilizarlo, aislarlo, destruir su reputación, deteriorar su autoestima y disminuir su capacidad laboral para poder degradarlo y eliminarlo progresivamente del lugar que ocupa.

Las tres modalidades pueden presentarse en forma combinada o secuencial.

¿Cuáles son las consecuencias de la violencia laboral?

La consecuencias de la violencia laboral afecta la salud psico-física del trabajador y puede producir consecuencias negativas en sus relaciones sociales y familiares.

En la organización produce malestar entre los trabajadores/as, disminución en la productividad, desaprovechamiento de capacidades, pérdidas económicas, desprestigio social.

En la sociedad consolida la discriminación, favorece el descreimiento en las instituciones y en la justicia.

¿Qué NO ES violencia laboral?

No se considera violencia laboral a:

Conflictos laborales: Divergencias o dificultades de relación entre las personas o por reclamos relativos a las condiciones laborales.

Exigencias organizacionales: Situaciones orientadas a satisfacer exigencias de la institución guardando el respeto debido a la dignidad del trabajador y sus derechos patrimoniales excluyendo toda forma de abuso de derecho (cambios de puesto, sector u horario, períodos de mayor exigencia para los trabajadores, siempre que sean conformes a las normativas vigentes y/o contrato de trabajo y a reales necesidades de la organización, debidamente comunicadas.

Estrés laboral: se llama estrés a la «respuesta fisiológica, psicológica y de comportamiento de un individuo que intenta adaptarse y ajustarse a presiones internas y externas».

“Burnout” (o síndrome de agotamiento profesional): Se manifiesta con episodios de despersonalización y sentimientos de baja realización personal.

¿Dónde se me efectuará una entrevista?

Las entrevistas son de carácter confidencial y personal. Deberá efectuar previamente el contacto con las mesas de entrada de : Secretaría de Desarrollo Organizacional o Dirección General de Conocimiento y  se le asignara un turno personal.

¿Qué hacer ante un caso de Violencia Laboral?

 Si fuiste afectado/a por una situación de violencia en el ámbito laboral debes presentar la situación ante la autoridad inmediata superior de tu lugar de trabajo de manera escrita, quien deberá dar una respuesta inmediata o directamente ante las mesas de entrada de la Secretaría de Desarrollo Organizacional o la Dirección General de Gestión del Conocimiento. En ese caso deberás presentar el formulario completado acompañándolo de toda otra documentación que sea de interés.  

¿Todos sabrán que he denunciado a alguien por violencia laboral?

El proceso tiene carácter confidencial por lo que sólo las partes involucradas tendrán conocimiento de las actuaciones del mismo.

 ¿Si denuncio a un superior este podrá tomar medidas que me afecten laboralmente?

No. El procedimiento prevé que se debe prevenir todo tipo de tratamiento adverso o efecto negativo contra la persona denunciante o que comparezca como testigo. Los derechos de las personas denunciantes no deberían afectarse una vez que estas han manifestado su situación.

¿La violencia laboral siempre es de un superior hacia alguien de menor rango?

No . La violencia laboral puede ser ejercida no sólo por un superior sino también por un agente de rango inferior o por un par.

¿Puedo radicar una denuncia en la justicia además de la denuncia en la Oficina de violencia laboral?

Si. Se tratan de fueros diferentes y la persona afectada puede decidir realizar la denuncia en cualquiera de ellos.

¿Qué participación tiene mi abogado, en caso de poseerlo, dentro del proceso?

El profesional abogado puede acompañar a la persona en todo el proceso ante la Oficina de Violencia laboral e igualdad de oportunidades. El mismo deberá acreditar de forma devida la representatividad a través de los instrumentos legales correspondientes reponiendo la debida estampilla profesional.

¿ Cómo puedo demostrar las conductas de violencia laboral?

 La declaración de ser objeto de violencia laboral debe siempre especificar situaciones de hecho y acompañarse de todas las pruebas documentales, testimoniales, técnicas o audiovisuales que acrediten las situaciones denunciadas.