OFICINA DE VIOLENCIA LABORAL E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

OFICINA DE VIOLENCIA LABORAL E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

MISIÓN

Prevenir, dar tratamiento y erradicar la violencia en el ámbito laboral de todas las dependencias del Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Salta mediante acciones intersectoriales e interdisciplinarias, desde un enfoque centrado en la persona y el respeto por sus derechos en el contexto laboral, con miras a lograr ambientes saludables que promuevan un desarrollo individual y profesional dentro de los equipos de salud.

VISIÓN

Constituirse en un servicio que atiende sus asuntos de interés desde una mirada integral de los procesos laborales en el ámbito sanitario y promueve el respeto por la no violencia y la Igualdad de oportunidades como eje transversal en la administración, estructura y cultura organizacional del Ministerio de Salud Pública favoreciendo el respeto por los derechos de todas las personas que integran esta cartera de estado, independientemente de su función o nivel de responsabilidad.

PRINCIPIOS RECTORES QUE GUÍAN SU ACCIONAR

La igualdad y no discriminación: Toda persona debe ser tratada de igual forma y con el mismo respeto dentro de su ámbito laboral independientemente de su edad, género, raza o condición socioeconómica.

El fomento de ambientes laborales saludables: Toda persona tiene derecho de a ejercer sus actividades en un ambiente saludable y seguro para preservar su salud física, mental y social, con miras a un pleno desarrollo laboral.

La confidencialidad: El derecho a la intimidad de las personas involucradas es fundamental, actuando con discreción y respeto  para proteger la dignidad de las partes, respetándose la voluntad de cada uno en cuanto a las acciones que decida realizar.

La celeridad: Las actuaciones se llevarán a cabo con la agilidad necesaria en las tramitaciones que se realicen sin retrasos  para llegar a la resolución de las situaciones en tiempos razonables.

La no revictimización: Se evitan las intervenciones institucionales y profesionales que produzcan un sufrimiento añadido por parte de quienes deben prestar atención a la persona que consulta o denuncia.

El debido proceso Los procedimientos deben basarse en el respeto a las etapas establecidas y con la intervención de todas las partes, garantizando la imparcialidad, agilidad, confidencialidad y la inviolabilidad del derecho a la defensa.

La gratuidad: Las personas afectadas serán asesoradas legal y psicológicamente de manera gratuita y durante todo el proceso por las áreas correspondientes.

OBJETIVOS

  • Garantizar los derechos de los empleados públicos del Ministerio de Salud Pública a un ámbito laboral libre de violencia.
  • Generar un espacio al que pueda recurrir la persona afectada a efectos de encontrar posibles soluciones, respetando siempre su voluntad y  derecho a la confidencialidad.
  • Desarrollar instancias y procesos internos con atribuciones y competencias específicas para atender y resolver las situaciones planteadas.
  • Disponer de pautas específicas que permitan identificar las distintas situaciones de violencia laboral con la finalidad de prevenir y evitar que las mismas se produzcan.
  • Establecer procedimientos de intervención, seguimiento y de resolución de conflictos adecuados para cada caso.
  • Promover acciones para la prevención y erradicación de la violencia, acoso y abuso en el ámbito laboral.
  • Llevar adelante el registro, monitoreo y evaluación de las medidas que se adopten en el marco de su protocolo de actuación.
  • Planificar y ejecutar acciones de capacitación, sensibilización e investigación sobre la problemática de la violencia laboral e igualdad de oportunidades dentro del Ministerio de Salud Pública. 

 

La Oficina de Violencia Laboral e igualdad de oportunidades está conformada por dos órganos:

Asesoría confidencial 

Implica un primer abordaje de la situación. Está integrada por el equipo de abogados dependiente de la Dirección General de Asuntos Legales  quienes rotarán en su función como miembros sumándose a ellos un profesional psicólogo. 

Son sus funciones:

  • Atender a las personas en situación de violencia laboral.
  • Brindar tratamiento respetuoso a quien presenta el caso y analizar los elementos en que se funda el mismo, preservando la confidencialidad e identidad de las personas involucradas.
  • Asesorar en la elección del procedimiento más adecuado al caso.
  • Encauzar las denuncias de violencia laboral, tanto de forma verbal como escrita.

Comisión permanente de investigación

Es la encargada del procedimiento de investigación.

Son sus funciones: 

  • Investigar y emitir dictámenes respecto de las denuncias presentadas.
  • Llevar adelante el procedimiento de investigación convocando  audiencias, efectuando citaciones, realizando entrevistas, etc.
  • Efectuar el seguimiento de los casos evaluando la eficacia de las acciones tomadas.
  • Aconsejar respecto de las acciones preventivas previstas en el protocolo de actuación ante casos de Violencia Laboral.
  • Sistematizar y socializar la información producto de su accionar. 
  • Articular acciones con la Secretaría de Servicio de Salud por el impacto que que la situaciones tienen en los mismos.
  • Efectuar consultas y pedir asesoramiento a otros organismos en calidad de consultores externos.
  • Difundir los objetivos del Protocolo de actuación, promoviendo acciones de sensibilización y difusión  sobre violencia laboral.

EQUIPO